Son acciones que adopta la autoridad competente mediante resolución judicial o administrativa a favor del niño, niña y adolescente cuando se ha producido una vulneración de sus derechos. Estas imponen al Estado, funcionarios o empleados o cualquier particular (incluidos los progenitores, parientes, maestros y el propio niño, niña y adolescente) determinadas acciones con el objeto de hacer cesar el acto de amenaza, restituir el derecho vulnerado y asegurar el respeto permanente de sus derechos.
Podrán decretarse una o más medidas de protección para un mismo caso y su aplicación no reduce la imposición de las sanciones que el caso amerite.
Existen dos tipos de medidas: administrativas y judiciales.
Las medidas de protección administrativas son otorgadas indistintamente por los Jueces de la Niñez y Adolescencia; Juntas Cantonales de Protección de Derechos y las entidades de atención. A continuación las detallamos:
Las medidas de protección judiciales solamente pueden ser otorgadas por los Jueces de la Niñez y Adolescencia.